LA DIVISIÓN POR LOTES.

Para aumentar la competencia, la Directiva 2014/24/UE, indica que procede animar a los poderes adjudicadores a, en particular, a la división en lotes de grandes contratos1.

Esta división podría realizarse de manera cuantitativa, haciendo que la magnitud de cada contrato corresponda mejor a la capacidad de las PYME, o de manera cualitativa, de acuerdo con los diferentes gremios y especializaciones implicados, para adaptar mejor el contenido de cada contrato a los sectores especializados de las PYME o de acuerdo con las diferentes fases ulteriores de los proyectos.

Así, dentro de las medidas de apoyo a las PYMES, introducidas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, se encuentra la nueva regulación de la división en lotes de los contratos, invirtiéndose la regla general que se utilizaba hasta su promulgación, debiendo justificarse ahora en el expediente la no división del contrato en lotes (art. 116.4g), lo que facilitará el acceso a la contratación pública a un mayor número de empresas, según se señala en el preámbulo de dicha Ley.

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